Para poder ejercer la profesión al extranjero se puede obtener el reconocimiento del título mediante la Tarjeta Profesional Europea (TPE) para trabajar en algunos países de la Unión Europea. Para el resto de países que no tienen esta via aceptada o bien para aquellos países que no son miembros de la UE, se debe enviar la documentación necesaria para realiza el trámite por correo postal a la entidad que corresponda homologar los títulos extranjeros.

 

La Tarjeta Profesional Europea (TPE) es un procedimiento electrónico por el que se puede obtener el reconocimiento de las cualificaciones profesionales a algunos países de la Unión Europea.

Mediante el registro previo a la plataforma se puede adjuntar toda la documentación necesaria para comenzar con el procedimiento. Esta vía permite una gestión más ágil y económica para con la tradicional, por la que se enviarán todos los documentos traducidos oficialmente a la entidad encargada de gestionar el trámite de homologación.

Se puede utilizar la TPE siempre y cuando se quiera ejercer la profesión en cualquier país que forme parte de la Unión Europea ya sea de forma temporal como de forma permanente.

No se trata de ninguna tarjeta física sino que es un procedimiento electrónico, por el que se obtiene un certificado en el momento en que se aprueba la solicitud de reconocimiento.

Dentro de la web de la Tarjeta Profesional Europea se puede encontrar un simulador mediante el cual indica el país de origen, de acogida, la profesión y el tipo de movilidad, se puede conocer la documentación necesaria para adjuntar y las tasas a pagar.

En el siguiente enlace podrás encontrar el acceso para registrarte en la plataforma y poder adjuntar los documentos:

El certificado obtenido es exclusivamente para poder ejercer en el país por el que se ha obtenido.

En la misma web de la tarjeta profesional europea también podrás encontrar información sobre trabajar en el extranjero.

También encontrará el contacto de las administraciones nacionales por si desea más información de los trámites por algún país en concreto.

La documentación general para poder iniciar el trámite es la siguiente:

  • DNI
  • Título de fisioterapeuta o certificado sustitutorio del título
  • Acreditación de la experiencia profesional
  • Expediente académico
  • Formación complementaria
  • Certificado de antecedentes penales ( + información en relación al trámite: enlace)
  • Certificado de colegiación
    • Hay que solicitarlo por correo electrónico al Consejo General de Colegios de Fisioterapeutas a sede@consejo-fisioterapia.org e indicar nombre y apellidos, fecha de alta en el Col·legi, número de colegiado, colegio al que se pertenece y la situación actual en el colegio (alta o baja, en este caso indicar la fecha de baja), además deberás adjuntar:
      • copia del DNI
      • fotocopia del carné de colegiación o del certificado de colegiación
      • copia del título o del certificado substitutorio

 

En función de cada país puede que se pidan otros documentos.

Para poder iniciar el trámite de homologación para países que están fuera de la Unión Europea, debería gestionar mediante la entidad competente para el trámite de cada país.

 

Si necesitáis realizar traducción jurada de los documentos podéis consultar el listado de traductores jurados del Ministerio de Asuntos Exteriores.

 

Para el resto de países que no se pueda obtener el reconocimiento del título mediante la TPE, se debe enviar la documentación necesaria para el trámite a la entidad competente para homologar el título.

En función de cada país puede ser que sea necesario obtener previamente la acreditación del título por el Ministerio de Educación y posteriormente enviar el resto de la documentación al país donde se quiera ir.

 

 

 

 

A fecha de hoy tenemos constancia de que el reconocimiento del título para ejercer en Francia no es viable mediante la TPE. En este caso es necesario tramitar la acreditación del título con el Ministerio de educación. Posteriormente se debe escoger una región Francesa y enviar la documentación que sea necesaria para iniciar el trámite.

Información relativa al Brexit

El estado actual de la tramitación de la autorización de ejercicio en el Reino Unido, es el siguiente:

•  Si te registraste antes del 31 de enero de 2020 en la Health & Care Professions Council, no tendrás que realizar ningún trámite.
•  Si has empezado con el proceso de registro en la HCPC, la decisión se podría alargar hasta el 31 de Diciembre del 2020, sin que el Brexit sea condicionante.
•  Si no has realizado el trámite a partir del 31 de Enero, el registro se tendrá que hacer con la condición de Estudio Internacional (web).

En caso de dudas, os recomendamos poneros en contacto directamente con el Organismo competente:

Health & Care Profesiones Council
Tel: +44 (0)300 500 4472

international@hcpc-uk.org

Enero de 2020

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