Se publica la Orden que establece el procedimiento para la obtención del diploma de acreditación en el Área Funcional de Paliativos
Publicada el 11/07/2025
Con fecha de 20 de junio, se ha publicado en el DOCG la Orden SLT/94/2025, de 17 de junio, que tiene por objeto establecer el procedimiento para la obtención del diploma de acreditación en el Área Funcional de Paliativos (DAP).
Las personas profesionales sanitarias que pueden acceder y obtener el DAP son las que pertenecen al colectivo de las profesiones sanitarias tituladas y reguladas, entre las cuales, obviamente, nos encontramos los fisioterapeutas, siempre que ejerzan su actividad profesional en Cataluña y que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 3 de esta Orden.
De acuerdo con esta norma se puede obtener el DAP mediante dos posibles vías de acceso: excepcional y ordinaria y, dependiendo la vía por la cual se solicita el diploma, el plazo para la presentación de la solicitud varía.
- Si el diploma se solicita por la vía excepcional: las solicitudes deben presentarse de manera única y excepcional, durante los seis meses siguientes a partir de la entrada en vigor de esta Orden. Los requisitos exigidos para la obtención del diploma por esta vía deben de haber cumplido el 29 de enero de 2024.
- Si el diploma se solicita por la vía ordinaria: se pueden presentar en cualquier momento a partir del cierre de la vía excepcional de obtención del DAP.
En el caso de renovación del DAP, las solicitudes deben presentarse dentro de los tres meses inmediatamente anteriores a la fecha final de vigencia del diploma.
El plazo para resolver y notificar la resolución es de tres meses a contar desde la fecha de registro de la solicitud. En el supuesto de que transcurrido este plazo no se haya notificado una resolución expresa, las personas interesadas pueden entender estimada su solicitud. La acreditación otorgada debe de ser inscrita de oficio en el Registro de profesionales sanitarios de Cataluña y debe de ser comunicada al Registro estatal de profesionales sanitarios.
En la misma Orden también se resuelve que, para analizar las solicitudes de acreditación y su documentación adjunta, se creará la Comisión Técnica de Valoración del DAP, en la cual, entre otros, deberá haber dos personas tituladas en fisioterapia expertas en los conocimientos, habilidades y dominio del ámbito de las curas paliativas, una muy buena noticia para nuestra profesión.
Podéis leer la Orden entera AQUÍ donde se especifican, entre otros, los requisitos, las vías de acceso y los diferentes plazos relacionados con la obtención del DAP.