El Col·legi de Fisioterapeutes de Catalunya reclama una delimitación clara de competencias en el Programa de Prescripción Deportiva

Publicada el 29/04/2026

El Col·legi de Fisioterapeutes de Catalunya valora positivamente cualquier iniciativa pública orientada a reducir el sedentarismo, promover hábitos de vida activos e incorporar el ejercicio físico como herramienta de salud comunitaria.

Aun así, en relación con el Programa de Prescripción Deportiva presentado por el Departamento de Deportes de la Generalitat de Catalunya con el objetivo de mejorar la salud de la ciudadanía mediante el ejercicio físico y el deporte, desde el Col·legi de Fisioterapeutes de Catalunya se quiere recordar la necesidad de introducir una delimitación clara de competencias y diferenciar entre el ejercicio físico y el ejercicio físico terapéutico, un ámbito exclusivo de la fisioterapia.

El ejercicio físico terapéutico -aquél prescrito a personas con enfermedades crónicas, patologías agudas en fase de recuperación, dolor, discapacidad, fragilidad o limitaciones funcionales- no se puede confundir con una actividad deportiva genérica ni con un programa de acondicionamiento físico.

Cuando el objetivo es la recuperación funcional, la rehabilitación, el tratamiento de disfunciones somáticas o el abordaje de secuelas derivadas de una patología o lesión, hay que garantizar la participación de los profesionales sanitarios competentes. Y en este sentido, el/la fisioterapeuta es el profesional sanitario de referencia, una figura completamente integrada en todos los CAPs de Cataluña desde el 2023.

Desde el Colegio de Fisioterapeutas de Cataluña se quiere recordar que, de acuerdo con la Ley 44/2003 de Ordenación de las profesiones sanitarias, corresponde a los fisioterapeutas la prestación de curas propias de su disciplina, mediante tratamientos con medios y agentes físicos dirigidos a la recuperación y la rehabilitación de personas con disfunciones o discapacidades somáticas, así como a su prevención.

Por este motivo, el Col·legi pide al Departamento de Salud y al Departamento de Deportes que el despliegue del programa incorpore protocolos claros de derivación, criterios de inclusión y exclusión, circuitos de seguridad clínica y una definición precisa de las responsabilidades de cada perfil profesional. De lo contrario, se podría incurrir en problemas de salud para los pacientes e incumplimientos de la LOPS, que es especialmente restrictiva en el ámbito sanitario.

Aun así, el Col·legi reclama que los fisioterapeutas de atención primaria participen en el diseño, la valoración funcional, la estratificación del riesgo y el seguimiento de los casos en que haya patología, fragilidad, discapacidad, dolor o recuperación funcional.

El Col·legi defiende un modelo colaborativo, interdisciplinario y comunitario; ahora bien, respetando las competencias de cada una de las profesiones que intervienen. La salud de la ciudadanía es la prioridad de todos los profesionales sanitarios. Aun así, no garantizar la participación de un profesional de la salud cuando existen situaciones clínicas puede ser perjudicial para la ciudadanía.

El Programa de Prescripción Deportiva puede ser una buena herramienta de salud pública si se despliega con rigor, seguridad y coordinación. Para que esto sea posible, hay que garantizar que cada persona sea atendida por el profesional adecuado, en el momento adecuado y con el nivel de intervención que requiere su situación clínica y funcional.

Reiteramos nuestra convicción en que la receta deportiva puede ser una herramienta muy interesante, pero solo si se garantiza su correcta implementación y siempre que los fisioterapeutas de APyC tengan un rol esencial.

Desde el Col·legi estaremos atentos al desarrollo del programa para hacer las acciones necesarias en defensa de los interesados y de la salud de la ciudadanía.

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