¿QUÉ ES UN PROCESO ORDINARIO?

 

Es un proceso vinculado al acuerdo de oferta de ocupación pública que aprueba la tasa de reposición anual. Las plazas de la tasa de reposición se calculan en función de las bajas, defunciones, jubilaciones, excedencias sin reservas de puesto de trabajo, pérdidas de la condición de funcionario, renuncias voluntarias, etc., producidas durante el año anterior.

 

¿QUÉ ES UN PROCESO DE ESTABILIZACIÓN?

 

La estabilización es un proceso excepcional que se convoca con el objetivo de reducir la tasa de temporalidad en el conjunto de las administraciones públicas, tal como establece la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

 

¿Quién  se puede presentar a un proceso de estabilización?

 

Cualquier persona que trabaje o no en la Administración, nacionales o extranjeros. Se debe de respetar el principio de libre concurrencia a todos/as los ciudadanos.

 

¿Cuál es el sistema de selección en este proceso de estabilización?

 

Los procesos selectivos de estas plazas podrán realizarse de dos formas:

  • Por Concurso-oposición: Para las plazas ocupadas por personal temporal, de manera ininterrumpida desde el 1 de enero de 2016 hasta el 31 de diciembre de 2020, o como  mínimo desde el 1 de enero de 2018 hasta el  31 de diciembre de 2020. Siempre que se acuerde por negociación en cada Administración, los ejercicios de la fase oposición pueden ser no eliminatorios entre sí. Asimismo, la fase de méritos será de un 40 % de la puntuación total y se valorará mediante la experiencia en el cuerpo, grupo y categoría.
  • Por Concurso de méritos: Para las plazas ocupadas de forma temporal e ininterrumpida desde antes del 1 de enero de 2016, o que sean plazas vacantes estructurales y que estén ocupadas por personal temporal antes del 1 de enero de 2016. Se establece  igualmente que un 40 % de la puntuación total deberá ser mayoritariamente sobre la experiencia en el cuerpo, grupo y categoría. Pero no se especifica cómo se valorará el 60 % restante.

 

¿Es obligatorio presentarse al proceso selectivo?

 

No es obligatorio, pero si ocupas una de les vacantes y no te presentas no tienes derecho a reclamar una indemnización como consecuencia de la finalización de la relación laboral por no superación del proceso selectivo. Si se quiere tener la posibilidad de indemnización será necesario presentarse.

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