Novedades en relación a los ERTEs y a las ayudas para los autónomos

Publicada el 03/07/2020

Gracias a un acuerdo entre el Gobierno y agentes sociales se ha aprobado, mediante decreto-ley, nuevas medidas para empresas, trabajadores por cuenta ajena y  autónomos hasta el próximo 30 de septiembre.

En relación a los ERTEs

El acuerdo prorroga hasta el 30 de septiembre los ERTEs aprobados durante el estado de alarma. Pueden acogerse a esta prórroga las empresas que aún no hayan vuelto a la actividad y las que se vean obligadas a cerrar de nuevo por culpa de un rebrote que, no sólo podrán acogerse a un ERTE de fuerza mayor sino que tendrán una exención de cuotas del 80% si su plantilla es inferior a 50 trabajadores, o del 60% si tienen más de 50 empleados.

¿Qué otras empresas podrán tener exenciones?

  • A las empresas que se encuentren aun en un ERTE de fuerza mayor total se les aplicará una exención en las cotizaciones empresariales del 70% en julio, del 60% en agosto y del 35% en septiembre, en el caso de empresas con menos de 50 trabajadores. Las que tengan más de 50 empleados, la exención será del 50% en julio, del 40% en agosto y del 25% en septiembre.
  • También tendrán exenciones las empresas en ERTE parcial. Si tienen menos de 50 trabajadores llegarían al 60% por los empleados que hayan vuelto a la actividad y al 35% por los que sigan en el ERTE, mientras que para las de más de 50 trabajadores serían del 40% por cada empleado que se reincorporase a su puesto y del 25% por el que continuara en ERTE.
  • Las que hayan hecho un ERTE por causas objetivas (técnicas, organizativas, económicas y de producción) tendrán exenciones de cuotas por primera vez.

Todas estas empresas deben de tener en cuenta que no podrán realizar horas extras ni externalizar actividades ni hacer nuevos contratos, sólo podrán hacerlo, previo aviso a los representantes legales de los trabajadores, si sus empleados no pueden, por causas  justificadas, realizar las funciones encomendadas.

El acuerdo recoge el compromiso de mantenimiento del empleo de seis meses a las empresas que realicen expedientes por causas objetivas. Para las empresas que se beneficien por primera vez de las exoneraciones de cotizaciones asociadas a estos ERTEs, el plazo de seis meses en el que estarán obligadas a mantener el empleo se computaría a partir de la entrada en vigor del nuevo decreto.

El Decreto-Ley también recoge que no se podrán hacer despidos por causa objetiva ni suspender contratos temporales hasta el 30 de septiembre, fecha hasta la que también se mantendrán las prestaciones por desempleo asociadas a los ERTE, salvo las de los trabajadores fijos discontinuos, que se prolongarán hasta el 31 de diciembre.

En lo relativo a los autónomos

El Gobierno ha establecido nuevas exoneraciones en las cotizaciones sociales para los autónomos beneficiarios de la prestación extraordinaria hasta el 30 de junio. En concreto, no deberán pagar las cotizaciones sociales del mes de julio y tendrán una exoneración del 50% en agosto y del 25% en septiembre.

Para aquellos cuya actividad aún siga muy afectada por los efectos de la pandemia, podrán acceder a la prestación por cese de actividad ordinario si su facturación en el tercer trimestre es un 75% más baja que la del mismo periodo del año pasado, siempre que sus rendimientos netos en el periodo no superen la cantidad de 5.818,75 euros.

Para acceder a esta prestación ordinaria compatible con la actividad no es necesario esperar a que termine el trimestre, se puede solicitar en cualquier momento, pero se debe tramitar antes del 15 de julio para cobrarla desde el 1 de julio, si no se cobrará a partir de la fecha de solicitud. Posteriormente se realizará una verificación del cumplimiento de los requisitos. Los autónomos tienen la posibilidad de renunciar a la prestación durante esos tres meses si ven recuperada su actividad.

En lo relativo a las medidas de apoyo a los trabajadores autónomos, nuestros asesores han elaborado un documento que recoge, de forma sintética, las novedades más significativas. Podéis consultarlo aquí.

La Seguridad Social ha elaborado también un enlace dónde podéis encontrar preguntas y respuestas sobre estas nuevas ayudas para autónomos.

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